• +58 212 2394936
  • +58 412 9090077
  • Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

El Ministerio para la Vivienda y Hábitat emitió este lunes una nueva resolución, que ordena la venta de apartamentos e inmuebles en aquellos edificios que por 20 años o más hayan sido destinados al alquiler. La medida ya genera polémica, ha sido calificada como “justa” por favorecer a “antiguos inquilinos”, pero también ha sido objetada por “inconstitucional”.

 

De acuerdo con la resolución publicada en la Gaceta N° 40.382, que circuló este lunes, los propietarios de edificios con 20 años o más dedicados al alquiler tendrán un lapso de 60 días hábiles para ofrecer los apartamentos a sus arrendatarios.

 

La norma entró en vigencia a partir del pasado 28 de marzo, lo que indica que la fecha límite para que los propietarios presenten los ofrecimientos a los arrendatarios es el 27 de junio.

 

Con esta resolución el Ministerio para la Vivienda y Hábitat reactivó la sexta disposición transitoria de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda.

 

Esta disposición establece: “Los propietarios de inmuebles de vieja data destinados al arrendamiento de viviendas, bien sean de personas naturales, jurídicas o asociaciones de hecho, deberán ofertar en venta los inmuebles que ocupan los inquilinos, ocupantes legítimos o cualquier otra familia o persona que habite el inmueble” Se exceptúan de la aplicación del referido artículo, los inmuebles propiedad de pequeños arrendadores.

 

Procedimiento

 

Para cumplir con la resolución y colocar a la venta los apartamentos e inmuebles a los arrendatarios, los propietarios de esos edificios deberán solicitar el justo valor de las viviendas ante la Superintendencia Nacional de Arrendamientos de Viviendas.

 

La solicitud deberá hacerse por escrito y deberá estar acompañada por los siguientes recaudos:


1.- Contrato de arrendamiento o justificativo de testigo que demuestre la relación de arrendamiento.

 

2.- Certificado de haber cumplido con la inscripción en el Registro Nacional de Arrendamiento de Vivienda.

 

3.- Planilla de características del inmueble, la cual deberá descargar en la siguiente página de internet: www.minvih.gov.ve/sunavi

 

4.- Documento de condominio del edificio.

 

5.- Documento de propiedad del inmueble.

 

6.- Permiso de habitabilidad o permiso de construcción del inmueble.

 

7.- Fotografías de las cuatro fachadas, de los ascensores, de los ductos de basura, de las escalera de acceso de cada piso, de los bajantes de basura de cada piso, de los sótanos en casa de existir, de los tanques de aguas blancas, de los jardines y en genera de los áreas comunes, en papel fotográfico con fecha de impresión no mayor a dos meses de la fecha de su presentación.

 

“Antiguos inquilinos”: principales beneficiarios

 

Para el diputado Claudio Farías, integrante de la Comisión de Administración y Servicios de la Asamblea Nacional (AN), la nueva resolución del Ministerio de Vivienda y Hábitat es “beneficiosa” para aquellas familias que no han podido adquirir su vivienda “por tanto tiempo y de manera legal”.

 

En entrevista a Noticias24 Radio , Farías calificó la medida como “justa” dado que los propietarios de estas edificaciones “han sacado suficientes recursos para vivir tranquilamente” y poder ofertar los inmuebles a los arrendados.

 

Aclaró que esta resolución no incluye todos los tipos de inmuebles alquilados, “solo a las edificaciones que se han dedicado a alquilar sus apartamentos por este tiempo” (20 años o más).

 

Para poner en venta los inmuebles, los propietarios de estos edificios tienen 60 días hábiles a partir de la entrada en vigencia de la resolución, es decir desde el pasado 28 de marzo y el precio de venta será “acordado entre funcionarios de la Superintendencia de Arrendamiento y los arrendatarios”, explicó Farías.

 

La propiedad privada en el debate


La Cámara Inmobiliaria de Venezuela también se pronunció sobre la resolución. Su presidente, Aquiles Martini Pietri, dejó en entredicho la legalidad de la normativa.

 

“Que yo conozca, en ninguna parte de la Constitución dice si tú estás obligado a vender y por otro lado, tampoco estás obligado a comprar. Esta normativa está obligando a los propietarios de edificios, que tienen mas de 20 años, a vender. Esto no tiene ningún teoría legal dentro de nuestro país”, sentenció en entrevista ofrecida vía telefónica.

 

Pietri denunció aspectos relativos a la aplicación de la normativa. “La misma resolución hace que el valor de venta, sea un valor estimado en la política de expropiaciones“, señaló.

 

Explicó que para la Cámara Inmobiliaria, este decreto “viola los derechos constitucionales de aquellos propietarios dueños de unidades de vivienda bajo esa situación”, y lo catalogó como “un ataque directo a la propiedad privada”.

 

Multas y sanciones

 

Los propietarios de edificios que tengan 20 años o más dedicados al arrendamiento que no dé cumplimiento a lo establecido en la providencia administrativa, será multado con 2.000 Unidades Tributarias (254.000 bolívares) por cada unidad de vivienda que no oferte, multa que deberá cancelar en un lapso de cinco días hábiles una vez que se determine el incumplimiento.

 

Igualmente, en el caso que un propietario o arrendador no cancele la multa de conformidad a lo establecido en los artículos 3 y 4 de la providencia administrativa, la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda considerará como título ejecutivo el acto administrativo que determine la reincidencia y solicitará ante los tribunales competentes el embargo ejecutivo correspondiente sobre el inmueble objeto de las multas”.

 

 

 


Noticias 24

Página Web - 2014/04/01

Fuente: http://www.noticias24.com


"Se presentará un recurso de nulidad" de la resolución, dijo el presidente de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela

 

La Cámara Inmobiliaria de Venezuela pedirá al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) la nulidad del decreto que obliga a los dueños de inmuebles alquilados hace 20 años o más a venderlos a sus arrendatarios en un plazo perentorio de 60 días o afrontar multas.

 

"Se presentará un recurso de nulidad" de la resolución del Ministerio de Vivienda de Venezuela que se aplica en Cuba y en otros "países comunistas donde no se respeta la propiedad privada", declaró a Efe el presidente de la Cámara, Aquiles Martini Pietri, reseña Últimas Noticias.

 

El decreto ministerial advierte que la multa inicial a quien no venda su propiedad en el plazo perentorio será de 2.000 Unidades Tributarias, equivalente a 254.000 bolívares, que debe ser pagada en un lapso de cinco días.

 

La multa será doblada y si esa cantidad de dinero no se pagaen un lapso de cinco días, "la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda solicitará el embargo ejecutivo correspondiente sobre el inmueble o inmuebles objeto de la multa", señala la resolución ministerial.

 

Consultado sobre la hipótesis de que el decreto no pasa de ser una carta política para ser retirada luego en la mesa de un diálogo nacional previsto entre el Gobierno y la oposición, Pietri advirtió que si fuera así "ese diálogo sería un gran engaño".

 

"Yo quisiera imaginarme que no es así, porque si fuese así esto del diálogo sería un gran engaño. Yo tengo que creer, yo necesito creer que a través del diálogo vamos a buscar y a encontrar la fórmula de hacer viable la Venezuela del futuro", sostuvo.

 

El presidente de la Cámara Inmobiliaria admitió que el decreto lo sorprendió, porque se ha reunido en varias ocasiones en las últimas semanas con su autor, el ministro de Vivienda, Ricardo Molina.

 

En esas oportunidades "le dije al ministro que la paz y la confianza no se decretan, sino que son consecuencias de actos, comentó.

 

"Es complicado de entender que si estamos hablando de mesas de paz, de reencuentro, de buscar formas de hacer viable el país del futuro", haya publicado en la Gaceta Oficial una resolución que "violenta la propiedad privada y los derechos constitucionales", remarcó.

 

Explicó al respecto que la Constitución prevé la confiscación y la expropiación con el respectivo pago de una indemnización, pero "no la obligación de vender y de comprar, porque en esta resolución también se está obligando al inquilino a comprar".

 

En Venezuela, los edificios para alquilar fueron construidos en la segunda mitad del siglo XX principalmente "por europeos como garantía de rentabilidad en sus años dorados", y las personas afectadas con la medida suman 120.000, dijo Martini Pietri.

 

Si no pagan los 254.000 bolívares en multas y ven perder sus propiedades, estos entonces "expropietarios no pueden protestar, no hay cómo reclamar a nadie, no tendrán derecho a la justicia porque se trata de actos administrativos", apuntó.

 

El presidente de la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos (Apiur), Roberto Orta, calificó de "inconstitucional" la norma y alertó de que "muchos de estos edificios los ocupan personas de la tercera edad", a quienes la banca no los considera a la hora de otorgar créditos para que los compren.

 

El Gobierno del presidente Nicolás Maduro, adicionalmente, aún no fija los nuevos valores por metro cuadrado de construcción que deben reconocer el índice inflacionario, que en 2013 fue de 56,2 %, agregó el titular de Apiur.

 

 


El Mundo

Página Web - 2014/04/01

Fuente: http://www.elmundo.com.ve


Solo se han pactado negociaciones con los dueños de 12 inmuebles


En 2011 el Gobierno inició las gestiones para permitir la venta de los apartamentos alquilados en edificios de vieja data, pero tres años después esas operaciones continúan sin concretarse.

 

Esta semana el Ministerio de la Vivienda publicó una norma en la que ordena vender los inmuebles en aquellos edificios que por más de 20 años han sido destinados al alquiler y ese proceso debe hacerse en un lapso de 60 días. No obstante, la orden ya estaba prevista en la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios.

 

Antes de la aprobación de dicha Ley, en mayo de 2011, la Vicepresidencia de la República convocó a los propietarios de 100 inmuebles ubicados en el Área Metropolitana de Caracas a que iniciaran las ventas de los apartamentos alquilados. Luego, cuando la Asamblea Nacional autorizó la Ley de Alquileres, ese proceso pasó a manos de la Superintendencia Nacional de Arrendamientos de Vivienda, que volvió a enviar comunicaciones a los dueños de esas 100 edificaciones.

 

Para esas ventas el Gobierno creó un fondo especial que manejaría los recursos que se orientarían a los financiamientos hipotecarios.

 

En tres años, las negociaciones se han concretado solamente con los propietarios de 12 edificios. Voceros de las organizaciones que agrupan a los inquilinos señalan que actualmente las familias que habitan en esos inmuebles están haciendo los procedimientos para gestionar los créditos.

 

Los precios de venta de esas unidades han tomado como parámetros los rangos establecidos por el Ministerio de la Vivienda para la estimación de los cánones. Para el cálculo de las rentas el despacho a fines de 2012 creó una escala de valores por metro cuadrado, cuyo precio más alto es de 8.200 bolívares.

 

Los voceros agregan que otros 30 dueños de los 100 citados aceptaron negociar los apartamentos y se encuentran realizando las gestiones para transformar las unidades en propiedad horizontal. El resto no se ha presentado ante el organismo supervisor.

 

Los límites


Aunque la negociación con los dueños de 100 inmuebles lleva tres años, el Gobierno en la nueva norma reitera que en 60 días se tienen que concretar las ofertas de las casas.

 

En la resolución establece que los arrendadores que no realicen las ofertas deberán pagar una multa de 2.000 Unidades Tributarias (254.000 bolívares) por cada apartamento no ofrecido a sus inquilinos. La multa deberá ser pagada en un plazo de cinco días hábiles siguientes y, en caso contrario, se considerará reincidente en la sanción, por lo que la multa se doblará.

 

Si la multa no se cancela, la Superintendencia puede acudir a los tribunales y pedir el embargo del inmueble.

 

 

 


MAYELA ARMAS H. / El Universal

Página Web - 2014/04/02

Fuente: http://www.eluniversal.com


La ley establece que los bancos deben priorizar los créditos para compra de inmuebles en edificios de vieja data


Recientemente, la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda informó que habían logrado el desalojo de 60 inquilinos siguiendo los lineamientos de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda. La cifra representa menos de 1% de los 50.000 conflictos inquilinarios registrados en el país por la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos.

 

Roberto Orta Martínez, abogado inmobiliario y presidente de la organización, dijo que el engorroso proceso de desalojo de propiedades arrendadas es uno de los principales desestímulos del mercado de alquileres. De acuerdo con expertos en el área, el procedimiento que estipula la Sunavi puede demorar hasta ocho años. Esta situación, aunada con la publicación de la ley de arrendamiento, ha contraído el mercado a niveles históricos.

 

Orta Martínez relató que la semana pasada los clasificados de prensa solo reunieron 25 ofertas en el área metropolitana. “Esto no es nada para una ciudad con más de 3 millones de habitantes”, expresó.

 

Pablo González, corredor inmobiliario, indicó que las políticas del gobierno han hecho desaparecer el mercado de alquileres. “Al crear una ley completamente desbalanceada, no hay incentivos para alquilar. Sería regalarle la propiedad a quien está alquilando”, añadió.

 

Refirió que el mercado entiende eso muy bien y por eso calificó la oferta de arrendamiento de vivienda de inexistente. Datos de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela muestran que el alquiler representa menos de 1% de las operaciones inmobiliarias.

 

En cuanto a la venta obligatoria de los edificios de vieja data, ratificada en una providencia administrativa publicada el lunes, la ley de arrendamiento establece que los bancos deben “priorizar” el otorgamiento de créditos para la compra de este tipo de inmuebles por parte de los inquilinos. A más de dos años de la promulgación de la ley esto todavía no se ha materializado, afirmó Orta Martínez.

 

La Cifra


40 milones de bolívares en alquileres consignados a favor de los propietarios siguen retenidos en el Tribunal 25 de Municipio desde 2012

 

 


http://www.el-nacional.com


La Gran Misión Vivienda Venezuela (GMVV), adjudicó 600 techos dignos en el urbanismo Ciudad Betania, ubicado en el municipio Tomás Lander, en Ocumare del Tuy.

 

El grupo familiar beneficiado está formado por cultores, oficiales de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana y demás sectores de la sociedad que carecen de un hogar, refirió una nota de prensa del Ministerio de Vivienda y Hábitat.

 

El viceministro del Nuevo Ordenamiento Urbano y Rural Socialista, Nelson Rodríguez, informó que en el desarrollo habitacional se han construido mil 200 viviendas para el pueblo.

 

La obra habitacional generó un total de 800 empleos directos y unos mil indirectos.

 

En su alocución, el funcionario manifestó que entre el jueves, viernes y sábado de vivienda, el Gobierno Revolucionario, liderado por el presidente de la República, Nicolás Maduro, entregó mil 213 hogares en nueve estados del país.

 

“Seguimos haciendo récord histórico en todo el territorio nacional”, comentó el Viceministro, quien al mismo tiempo expresó que la GMVV ha edificado en el estado Miranda 60 mil viviendas y están en construcción otras 26 mil 935.

 

 

 


Ciudad Caracas

Página Web - 2014/03/31

Fuente: http://www.ciudadccs.info