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El consejero Calvet ultima el decreto para que la futura vivienda social tenga calificación permanente


El consejero de Territorio de la Generalitat, Damià Calvet, reveló este jueves algunos detalles del decreto-ley de medidas urgentes en materia de vivienda que prepara el Gobierno catalán. El Govern confirmó lo que ya había anunciado: que en el futuro los pisos de protección oficial tendrán esta calificación de manera permanente, para que no se puedan vender. Pero además anunció que alargará el periodo de protección de los actuales pisos sociales (133.000 en Catalunya) para que tarden más en poderse vender y amortizar más la inversión pública.

Calvet intervino en un coloquio organizado por la entidad alcaldes.eu y detalló que el decreto marcará, caso por caso y mediante un reglamento, cuánto se alarga la protección en función de las ayudas públicas que recibieron los propietarios de los pisos y para evitar "plusvalías indebidas".

Desde Barcelona, el concejal de Vivienda, Josep Maria Montaner, se mostró sorprendido en declaraciones a la Cadena SER. Montaner reconoció que el gobierno de la alcaldesa Ada Colau había solicitado que, en el futuro, el plazo de protección sea permanente, pero que no se habían atrevido a pedir cambiar las reglas del juego del parque de vivienda social ya existente. "Si se alarga la protección de los pisos actuales, nos parece una medida valiente", dijo.

Sobre el mercado privado del alquiler, Calvet descartó limitar las subidas de precio, como pide Barcelona, pero explicó que el decreto incluirá medidas para "para propiciar la moderación". Por ejemplo, que el índice de precios de alquiler del Gobierno catalán figure en los contratos, o que los propietarios tengan beneficios fiscales si se ajustan a estos precios. Unos beneficios, eso sí, en impuestos que recaudan los Ayuntamientos, como el IBI.

 

 

 


Clara Blanchar / El País

Página Web - 2019/01/18

Fuente: https://elpais.com/


En el último año ha ganado peso la idea de que arrendar una vivienda es tirar el dinero, según Fotocasa

 

El alquiler de vivienda no termina de echar raíces en España. Seis de cada diez inquilinos cree que los alquileres han subido tanto que ya compensa más pagar una hipoteca, un porcentaje que crece hasta el 70% en el caso de la Comunidad de Madrid y al 64% en Cataluña. Los altos precios -que no han dejado de encarecerse desde 2015 y que en las grandes ciudades como Madrid o Barcelona han superado los precios máximos de los años del boom-, han hecho que la compra vuelva a ganar terreno en detrimento del alquiler entre los inquilinos.

Además, la idea de que alquilar es tirar el dinero, que ya empezó a rondar por la cabeza de muchos inquilinos el pasado año, ha cobrado un mayor protagonismo. Si el 25% de los inquilinos pensaba así en 2017, ahora son el 33%. Madrid (37%) y la Comunidad Valenciana (35%) han registradio los porcentajes más elevados de arrendatarios que secundan esta idea. Pero también se ha instalado esta reflexión entre los caseros (del 32% de apoyo en 2017 al 37% actual). Son datos de un informe de Fotocasa que estudia el alquiler entre marzo de 2017 y marzo de 2018.

Estas reticencias han tenido las primeras consecuencias: ha caído el número de personas que alquilan vivienda. En el último año un 36% menos de españoles ha participado en el mercado de alquiler en España. El bajón ha sido más intenso entre los jóvenes de 18 a 34 años, cuya participación se ha reducido del 29% de 2017 al 15% actual. “Con su abandono del mercado del alquiler se ha producido un descenso de la demanda”, explica Beatriz Toribio, directora de Estudios de Fotocasa y encargada de presentar el informe este miércoles.

Otra consecuencia es que los jóvenes de 18 a 24 años tienen se están planteando la posibilidad de comprar una vivienda. Una idea que ronda a casi la mitad de los inquilinos actuales. El 43% tiene previsto convertirse en propietario en los próximos cinco años, porque creen que la compra es una buena inversión y el 43% (36% en 2017) opina que una vivienda es la mejor herencia que se puede dejar a los hijos. Y además porque no confían en que la situación vaya a mejorar: hasta el 81% de ellos considera que los alquileres seguirán encareciéndose y sólo el 2% prevé que bajen de precio. Solo uno de cada cinco (el 21%) asegura que comprar casa no entra en sus planes.

Además de los altos precios a los que se enfrentan los inquilinos (el 78% dice que la principal dificultad para ellos es ésta, seguida del estado de las casas), está su escasa capacidad para negociar el precio del alquiler con los propietarios. Seis de cada diez no lo ha conseguido en el último año. Y la rebaja, en el caso de que se produzca, ha sido inferior al 10%.

El hecho de que el alquiler haya alejado a los más jóvenes ha tenido una consecuencia más y es el mayor protagonismo que han adquirido los inquilinos de clase social media-alta, con un incremento de cuatro puntos respecto al año anterior.

 

Alquiler por obligación y no por devoción

Otro cambio importante respecto al año pasado es que el alquiler ya no es algo voluntario, sino obligado. “Las causas económicas para alquilar pasan a ocupar el primer lugar”, insiste Toribio.“La de alquilar una vivienda para vivir en ella no es una opción voluntaria y decidida por parte importante de los inquilinos (que han alquilado o buscado para alquilar en los últimos 12 meses). Cuando se les ofrecen motivos por los que han optado por el arrendamiento casi la mitad de ellos aseguran que su situación económica les impide comprar una vivienda en propiedad. La movilidad laboral (31%) y la flexibilidad son otros argumentos frecuentes”, según Fotocasa.

En la presentación del informe la directora de Estudios de Fotocasa ha dicho que el hecho de que finalmente el proyecto de Presupuestos Generales del Estado (PGE) de 2019 no haya recogido la limitación a los precios del alquiler es "positivo, dado que esta medida implica riesgos". "Es verdad que creemos que hay un problema de acceso a la vivienda y que como consecuencia de esos precios tan altos la demanda se está contrayendo, pero creemos que limitar los precios tiene riesgos", ha apostillado Toribio, en relación al pacto presupuestario entre el PSOE y Podemos.

En esta línea, ha señalado que muchos propietarios se podrían ver tentados a alquilar por otras vías y la economía sumergida podría volver a reflotar en este mercado. Asimismo, ha asegurado que también se podría reducir la oferta, que es el principal problema al que se enfrenta el mercado inmobiliario español. Toribio también ha dejado claro que lo que España necesita es aumentar la oferta de vivienda en alquiler a precios "asequibles". "Necesitamos una mayor colaboración público-privada, aunque también es verdad que hace falta un mayor parque de vivienda social", ha añadido.

 

 


Sandra López Letón / El País

Página Web - 2019/01/16

Fuente: https://elpais.com/


Los inmuebles en España se encarecieron un 5,4% en 2018, especialmente en las grandes capitales, según los cálculos de Sociedad de Tasación

 

El mercado residencial español tuvo un incremento de precios del 5,4% en 2018, según explicó este martes Sociedad de Tasación (ST), que pronostica para 2019 un aumento del 4,8%, en un promedio muy dispar, debido a que continuará el tirón de Madrid y Barcelona frente a la rémora de otras zonas geográficas.

En rueda de prensa, el consejero delegado de ST, Juan Fernández-Aceytuno, ha vaticinado que en 2019, Madrid y Barcelona "seguirán en esa tendencia al alza", que es la que aúpa el promedio estatal, pero ha recomendado que ese incremento medio no sea la base de los diagnósticos, ya que "los árboles impedirían ver el bosque".

De 2014 a 2018 el incremento promedio alcanzó el 17,8%, con aumentos de Madrid y Barcelona por encima del 30%, que, ha precisado, si se eliminasen daría unas subidas medias anuales de casi el 2%, es decir, próximas al crecimiento del PIB o a la inflación.

A su juicio, por tanto, los "dos faros" de Madrid y Barcelona impiden apreciar que el mercado inmobiliario no ha recuperado del todo el pulso tras la crisis anterior. Aceytuno ha recordado que los ciclos económicos han funcionado "como un reloj" en el mercado inmobiliario español y cada ocho años se produce uno diferente, y ha augurado que el actual -expansivo- se prolongará cuatro años más, aunque "Madrid y Barcelona empiezan ya a girar" cuando otras ciudades repuntan.

En los próximos cuatro años, en su opinión, los crecimientos serán menores, más moderados, como suele ocurrir en la segunda parte de los ciclos.

El consejero delegado de ST cree que Barcelona y Madrid están sometidas a presiones de precios anómalas, por encima de lo que explican los fundamentales económicos y los salarios. Un motivo es que juegan en una liga inmobiliaria diferente, en competencia con la otra cincuentena de capitales económicas del mundo, y no con el mercado inmobiliario ibérico.

Subida de los alquileres

Además, se dan ahora tanto en Madrid como en Barcelona cinco vectores para el aumento del precio de sus alquileres. Estos son la afluencia de estudiantes; la llegada de trabajadores por el ciclo generador de empleo; el turismo; las compras de viviendas como valor refugio -sobre todo por inversores internacionales que ven margen de crecimiento a sus precios frente a los de otras capitales-, y la compra para reposición.

Aceytuno también ha recomendado a los legisladores que tengan más en mente a la gran mayoría que paga regularmente sus hipotecas que a la minoría que se ve abocada a los desahucios, aunque se den ayudas y garantías a estos ante la exclusión social, ya que, si no, "mucha gente se quedará fuera del mercado o va a pagar mucho más" por sus viviendas.

Asimismo, ha aconsejado que la primera medida sea una estadística pública del alquiler, para conocer los precios reales del mercado, porque es "inasumible" que aún no exista.

 

 

 


EFE / ABC.ES

Página Web - 2019/01/15

Fuente: https://www.abc.es/


En 2018 apenas se hicieron 3.500 casas de precio limitado en España, lo que condena a este mercado a desaparecer

 

Si hay una vivienda que saca los colores y avergüenza a España es la protegida. Y cada año es peor. De enero a septiembre de 2018 tan solo se han finalizado 2.504 viviendas protegidas en venta y alquiler en España, según los datos del Ministerio de Fomento. A falta de conocer el último trimestre, es fácil adivinar que ni siquiera se alcanzarán las 3.500 casas. Hay comunidades en las que no se ha entregado ni una sola vivienda con algún tipo de protección estatal o autonómica. Es el caso de Andalucía, Aragón, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha y La Rioja. Madrid ha salvado el tipo. Es la región que ha acumulado casi la mitad de la producción. Las otras dos con mayor cuantía han sido País Vasco (452) y Cataluña (378). Los gallegos se han consolado con seis viviendas protegidas y los asturianos con 26.

Además, detrás de su construcción está el sector privado (2.141 unidades), frente a las 363 de promotores públicos. “El sector público, con una cuota de participación escasa en comparación con otros países, desempeña un papel testimonial”, dice Carme Trilla, economista y presidenta del Observatorio de Vivienda de Barcelona.

En plena recuperación inmobiliaria, la protegida se ha desdibujado: en 2017 se calificaron de forma definitiva 4.938 unidades, en 2016 fueron 7.118 y en 2015 se terminaron 7.931 casas. No hace tanto, en 2008, se entregaron las llaves de 63.292 inmuebles, un 96% más que en 2018. El volumen de pisos construidos es el más bajo desde la década de 1950. El preocupante balance ha hecho saltar todas las alarmas, sobre todo si se tiene en cuenta que en España existen 1,5 millones de demandantes de vivienda protegida cuyos ingresos no les permiten acceder al mercado libre, según un estudio realizado por Trilla y el arquitecto Jordi Bosch para la Fundación Alternativas y Fundipax. Para 2030 serán 2,65 millones de personas.

El año 2018 ha sido especialmente devastador con la vivienda protegida, que está en mínimos históricos. Y pone negro sobre blanco la existencia de una grave crisis que, además, está afectando a otros mercados, como el del alquiler. “El demandante se ha tenido que ir a la vivienda de alquiler y eso ha afectado al alza de los precios”, considera Trilla. Y, además, “se ha dejado de ejercer el papel de regulador del precio del mercado libre que se conseguía cuando las tasas de protección oficial eran elevadas”, prosigue. “La existencia de un menor parque de vivienda de precio limitado provoca una mayor tensión de precios de venta y alquiler”, sostiene Roberto Boluda Martínez, director de Prygesa, empresa del grupo Pryconsa dedicada a la gestión de cooperativas. Y es que durante 30 años se han producido en España entre 60.000 y 100.000 viviendas protegidas anuales. “El que eso se haya perdido, que era un estabilizador del mercado, ha provocado tensiones en los precios, sobre todo en el alquiler”, opina Carolina Roca, directora general de Grupo Roca.

De seguir así, la protegida está abocada a desaparecer por completo y “nada hace pensar que la situación vaya a revertirse a corto plazo, sino todo lo contrario porque el actual Plan de Vivienda 2018-2021 no prevé medidas de fomento para su construcción”, apunta Trilla. Ni este ni los anteriores. “Se ha dejado de hacer política de vivienda, hay una dejación absoluta, sea del partido político que sea”, denuncia Roca. También se ha desplomado el gasto público: ha caído desde los 2.500 millones de euros anuales del plan 2009-2012 hasta los 360 millones anuales actuales. “La parte destinada a desarrollar vivienda pública es casi inexistente. Tenemos unas comunidades y ayuntamientos supuestamente encargados de desarrollar vivienda pública, pero absolutamente infradotados”, dice Jaime Palomera, portavoz del Sindicato de Inquilinos de Barcelona, quien no ve claro que el aumento de la oferta de vivienda pública reduzca los precios, a no ser que se trate de parques públicos muy elevados.

La crisis de la protegida arranca en 2011, cuando el Gobierno elimina las ayudas que se concedían a promotores y compradores. La puntilla fue la caída del precio de las casas libres durante los años de crisis, de forma que salía más caro comprar una vivienda protegida. Ahora, ha vuelto a ser atractiva al bolsillo, al menos al del comprador. A nivel nacional el metro cuadrado se vende por 1.112 euros frente a los 1.589 de la libre. En la Comunidad de Madrid la brecha es mayor: 1.355 euros de la protegida frente a 2.496 euros de la libre.

 

Casas no rentables

Pero el problema ahora es que ha dejado de ser rentable para los promotores privados. “No se trata de encarecer el precio del módulo porque la gente no podría pagarlo, ni de dar las ayudas que eliminaron. Se trata de que la Administración ayude a reducir los costes de producción y recorte la fiscalidad”, reclama Roca, que dice vender por debajo del precio del módulo desde 2011. “Los actuales costes de construcción no permiten al promotor tener el margen razonable, por esa razón la tendencia es que las viviendas protegidas sean desarrolladas por cooperativas”, señala Boluda, de Prygesa. “Nos estamos limitando a provincias donde los precios de módulo aún permiten soportar los elevados costes de construcción y donde los requisitos permiten acceder a interesados más solventes”, añade.

Otro problema es que durante décadas la producción se ha hecho para su venta y no para su alquiler. El año pasado, apenas se calificaron 152 viviendas protegidas de alquiler en toda España. “Se ha permitido que pudieran ser descalificadas e incorporadas de nuevo en el mercado libre a precios de mercado. Un sinfín de propietarios pudieron apropiarse y especular con los recursos públicos”, dice Carme Trilla. Además, algunas Administraciones han privatizado sus parques públicos. El caso más sangrante es la venta por parte del IVIMA y la EMVS de más de 4.700 pisos en 2013. En cambio, si todas las viviendas protegidas construidas hubieran permanecido bajo control público “hoy tendríamos un parque protegido de cerca de siete millones de casas”, casi el 40% del parque actual.

El enfermo agoniza y los expertos piden llevar a cabo un profundo replanteamiento de la política de vivienda. Carme Trilla propone que la vivienda asequible que se promueva mantenga su carácter social durante toda la vida útil del inmueble y que no existan ingresos mínimos para el comprador. En Prygesa añaden ayudas reales para los promotores, IVA superreducido para la destinada al alquiler y desbloquear los suelos de la Administración mediante cesión de uso, lo que le permitiría poner un importante parque inmobiliario sin despatrimonializarse.

 

 


Sandra López Letón / El País

Página Web - 2019/01/12

Fuente: https://elpais.com/


Tienes que tener muy claro a qué te da derecho alquilar un piso y qué es lo que no puedes hacer. El propietario, por supuesto, también está amparado

 

Recuerda que acaba de entrar en vigor la nueva Ley de Arrendamientos, donde cuestiones importantes como la duración del contrato o la cuantía de la fianza han cambiado. Los caseros y los arrendadores deben actualizarse y conocer el nuevo marco.

Duración. Inquilino y arrendatario pueden pactar libremente la duración del contrato, pero si tú así lo quieres, puedes permanecer en el piso cinco años como mínimo; siete si tu arrendador es una persona jurídica. Este mínimo legal antes era de tres años y será el que se te aplique si firmaste tu contrato antes del pasado 19 de diciembre, fecha en la que entró en vigor la nueva Ley de Arrendamientos.

Prórroga. Llegada la fecha de vencimiento del contrato, si ninguna de las partes ha manifestado intención de no renovarlo, se prorroga tácitamente otros 3 años, un año en el caso de que se te aplique la anterior normativa.

Fianza. No tienes por qué dar una fianza mayor de dos mensualidades, un tope que no existía en la Ley precedente. Además, tienes derecho a recuperar toda la fianza si no hay daños en la vivienda y no hay deudas con las compañías de suministros. En el caso de que no se te devuelva el dinero trascurrido un mes desde que dejaste el piso, puedes pedir intereses.

Gastos del contrato. Si tu casero es una empresa o sociedad no debes asumir tú aquellos gastos derivados de la formalización del contrato de alquiler y de la gestión inmobiliaria, por ejemplo cuando se encarga a empresas especializadas o a asesores o abogados la elaboración del contrato. Así se indica en la legislación en vigor.

Desahucio. La otra gran novedad legislativa se refiere a los desahucios por impago de alquiler. Tienes derecho a que el proceso se paralice transitoriamente una vez que los servicios sociales emitan un informe que indique al juzgado en qué condiciones quedarían las personas afectadas. Hay un mes de plazo, en caso de que tu casero sea una persona física, y dos meses cuando se trate de una persona jurídica, desde que el juez recibe el mencionado informe.

Cesión. Aunque no vivas allí, es posible seguir con el alquiler si en la casa continúan tu cónyuge o pareja de hecho, o tus hijos dependientes. En caso de nulidad, separación o divorcio, hay que comunicarlo al arrendador antes de que pasen dos meses desde la notificación judicial.

Renovación. Si llegas a un acuerdo con el propietario para la renovación o mejora de la vivienda, no tienes que esperar a que finalice el contrato, como ocurría antes. En cualquier caso, el arrendatario tiene derecho a pedir al dueño la reparación de todos aquellos elementos necesarios -caldera, calefacción, puerta principal, tuberías, etc- para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad convenidas, sin que ello derive en una subida del precio del alquiler.

Salida. Tienes derecho a marcharte de la vivienda pasados seis meses desde la firma del contrato, independientemente del tiempo que se haya pactado en el mismo. Eso sí, debes comunicárselo al propietario al menos un mes antes. Solo habrá penalización en el caso de que así conste en el contrato, y nunca más de un mes por año de contrato incumplido.

Compra. A menos que en el contrato se elimine expresamente esta posibilidad, el inquilino siempre tiene preferencia frente a terceros para comprar la vivienda. En cualquier caso, si el inmueble cambia de propietario, tiene derecho a mantener el contrato de alquiler vigente.

Obras. Puedes desistir del contrato de alquiler si no estás de acuerdo con soportar las obras de mejora que decida hacer el propietario. Tienes un mes para hacerlo desde que se te comunique la naturaleza, comienzo y duración de las reformas y el alquiler se extinguirá en el plazo de dos meses, un tiempo durante el que no podrán comenzar los arreglos. Si decides permanecer en la vivienda durante las obras, tienes derecho a una reducción en lo que pagas de alquiler en proporción a la parte de la vivienda que no puedes utilizar.

Reformas. Previamente hay que notificarlo al casero, pero el inquilino puede realizar obras en el interior de la vivienda si él, su cónyuge o las personas o familiares que conviven de forma permanente en la vivienda tienen alguna discapacidad o más de 70 años. Solo hay una condición. Que las reformas no afecten a elementos o servicios comunes del edificio, ni a la estabilidad o seguridad de este. Una vez se deje la vivienda, el dueño puede exigir que la vivienda vuelva a su estado original.

Inviolabilidad. Puedes prohibir el acceso del casero a la vivienda. De hacerlo sin tu consentimiento, es lícito denunciarle. Recuerda que según consta en la Constitución (http://www.congreso.es/consti/constitucion/indice/titulos/articulos.jsp?ini=18&tipo=2), el domicilio es inviolable, sea de tu propiedad o no.

 

Y si eres el casero...

Desperfectos. Puedes quedarte parte de la fianza si, finalizado el contrato, hay gastos de suministro pendientes o daños en el inmueble que ocasionen gastos. No se entiende como desperfectos, los deterioros referidos al uso normal de la vivienda.

Mejoras. Aunque el piso esté alquilado, el propietario puede hacer obras de mejora si su ejecución no puede razonablemente dilatarse hasta la conclusión del arrendamiento. Eso sí, debe comunicárselo al inquilino al menos con tres meses de antelación y este tiene derecho a desistir del contrato de alquiler.

Recuperación. Transcurrido el primer año de alquiler, el propietario puede recuperar el piso si se necesita usar como vivienda habitual para sí mismo, familiares de primer grado o para su cónyuge en casos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad.

Revocación. Si el alquilado hubiera realizado obras sin permiso del arrendador, este tiene derecho a exigirle que deje la vivienda en su estado inicial sin indemnización alguna.

Anulación. Es posible rescindir el contrato y desahuciar al inquilino si no paga en plazo la mensualidad. Para ello es necesario requerir judicial o notarialmente el pago al arrendatario y no obtener contestación en los siguientes diez días hábiles, o bien que este conteste aceptando la resolución. En este caso es lícito hacer uso de la fianza para cubrir las cargas que hayan quedado pendientes de pago.

Recuerda que acaba de entrar en vigor la nueva Ley de Arrendamientos, donde cuestiones importantes como la duración del contrato o la cuantía de la fianza han cambiado.

 

 


Vera Castelló / El País

Página Web - 2019/01/11

Fuente: https://elpais.com/