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El BCV autoriza fijar créditos basados en el tipo de cambio (VENEZUELA)

 

Los créditos otorgados por las instituciones financieras del país se medirán y expresarán en Unidad de Valor de Crédito (UVC), el cual resulta de dividir el monto en bolívares del préstamo entre el Índice de Inversión (IDI) vigente para dicha fecha, tomando el tipo de cambio de referencia de mercado y publicado diariamente por el BCV, dictaminó el Banco Central de Venezuela.

 

A los efectos, la resolución señala que la banca deberá cobrar a sus clientes una tasa de interés anual máxima de diez por ciento (10%) y mínima de cuatro por ciento (4%) por los créditos comerciales y microcréditos en moneda nacional, una vez expresados en Unidad de Valor de Crédito (UVC).

 

Asimismo, los créditos otorgados para la Cartera Productiva Única Nacional tendrán una tasa de interés anual del dos por ciento (2%) sobre el saldo resultante de su expresión en Unidad de Valor de Crédito (UVC).

 

El BCV aclara que están excluidos los préstamos dirigidos a los empleados y directivos de las entidades bancarias, a los cuales se le aplicará la tasa de interés anual máxima equivalente al noventa por ciento (90%) de la tasa vigente para las operaciones activas relacionadas con tarjetas de crédito, publicada mensualmente por el Banco Central de Venezuela.

 

Sobre los préstamos otorgados a través de tarjetas de crédito igual o superior a veinte mil cuatrocientas (20.400) Unidades de Valor de Crédito (UVC), tendrán una tasa de interés anual que no podrá ser inferior al diez por ciento (10%).

 

La resolución excluye los préstamos comerciales en cuotas a ser otorgados a personas naturales por concepto de créditos nómina y otros créditos al consumo otorgados con tarjetas de créditos, cuyos límites o montos sean inferiores a veinte mil cuatrocientas (20.400) Unidades de Valor de Crédito (UVC).

 

No obstante, aclara que la banca deberá cobrar a sus clientes una tasa de interés anual que no podrá exceder de la vigente para las operaciones activas relacionadas con tarjetas de crédito, publicada mensualmente por el Banco Central de Venezuela.

 

Además, la medida fija en doce por ciento (12%) la tasa anual de interés a aplicar por el Banco Central de Venezuela en sus operaciones de descuento, redescuento y anticipo, por medio de las cuales el BCV otorga préstamos a la banca.

 

 


Werther Sandoval / Últimas Noticias

Página Web - 2021/01/25

Fuente: http://www.ultimasnoticias.com.ve/