El arquitecto Víctor Artis en su artículo de opinión habla sobre las Ordenanzas de Rezonificación que transformaron las quintas de cuatro urbanizaciones
Cuatro legales Ordenanzas de Rezonificación transformaron las quintas de cuatro urbanizaciones en edificios de apartamentos y generaron operaciones inmobiliarias exitosas. Sin embargo en la parte alta de El Rosal, en El Paraíso y Las Mercedes, circular es desagradable e ineficiente y nada ha mejorado la ciudad. En Campo Alegre, una decisión judicial ajustada a derecho eliminó la conexión con San Marino y no es correcto haber calificado como equipamiento público al Colegio de los Padres Dominicos por ser parcelas semejantes a las rezonificadas; debieron ser adquiridas, o expropiadas. En estos procesos se han regalado inmensas plusvalías a los propietarios de parcelas a cambio de miserables contribuciones a las arcas municipales, lo cual es irresponsable e iluso, tanto por no haberlas invertido para justificar los incrementos del área de construcción, como porque la inflación las diluyó.
La recién nacida ordenanza para Los Chorros y lo propuesto a lo largo del Guaire, desde Colinas de Bello Monte hasta Chuao, evidencian que nada se ha aprendido de aquellas falsas renovaciones, falla que puede atribuirse a la carencia de conceptos generales precisos en cuanto a reurbanizar. Se soslaya que al cambiar zonificación se debe cumplir el Artículo 46 de la Ley Orgánica de Ordenación Urbanística: “formar parte de un plan sectorial” y proporcionar servicios públicos, equipamientos y vialidad suficientes a las demandas de la nueva población. Ello significa que rezonificar es sinónimo de urbanizar y queo las obras de urbanismo del conjunto deben ser diseñadas y ejecutadas antes de edificar, de donde se deduce que esta es una función de los dueños de los terrenos y que se requieren recursos por adelantado porque adquirir terrenos para equipamientos y reconstruir redes de servicios públicos no es posible parcela por parcela. Esto no está previsto en las nefastas rezonificaciones mencionadas. De las municipalidades nunca provendrán recursos porque estas promulgan los cambios por apetencia y no pueden aportar algo que no tienen. Para obtener financiamiento previo hace falta capacidad de representar y garantía y esto solo pueden ofrecerlo los dueños de los terrenos a cambiar de variables. Para ello disponen de sus derechos y de la inmensa plusvalía que puede ser creada, lo cual también conduce a entender el rezonificar como una actividad privada a cargo de los propietarios y no del municipio. Por no existir créditos para esta actividad las ordenanzas ya sancionadas dejan la responsabilidad de reurbanizar en manos de “nadie”, solución irresponsable por crear el problema y endosar las consecuencias a “otros”. Un camino puede ser crear un FONDO PUBLICO para financiar los cambios urbanos a las demandas que generan el progreso o el aumento de población, complementado con mecanismos para transferir derechos entre propiedades, estimular el desarrollo, compensar debida y oportunamente a las propiedades destinadas a equipamientos o vialidad y no menos importante, captar una porción justa, de las plusvalías para invertirla en beneficio de todos. La pregunta es ¿quién asumirá esta tarea?
Con los cambios aprobados en Los Chorros y los propuestos por Baruta, continuará el deterioro urbano visible en las rezonificaciones cumplidas, cuyos propósitos y resultados difieren muy poco de la viveza que en Los Palos Grandes (Febrero 1956) cambió el porcentaje de construcción del 80% en quintas, al 240% en apartamentos. Mal panorama aguarda a las ciudades si los auspiciadores de estos nuevos instrumentos, en lugar de renovar producen envejecimientos prematuros.
VÍCTOR ARTIS / El Universal
Página Web -25018/09/01
Fuente: http://www.eluniversal.com/