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113 familias inquilinas lograron adquirir sus viviendas en Valencia (VENEZUELA)

En cumplimiento de la providencia 42 de la Superintendencia Nacional de Arrendamientos de Vivienda (Sunavi), publicada el 28 de marzo, y de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, 113 familias de la ciudad de Valencia, estado Carabobo, lograron concretar recientemente la adquisición de los apartamentos donde habitaron durante décadas en calidad de inquilinos.

 

Se trata de habitantes de los edificios Venezuela, Socorro y Capri, que estaban destinados por completo a alquiler desde hace muchos años, refirió una nota de prensa de la Red Metropolitana de Inquilinos.

 

En el acto de protocolización de la venta estuvieron presentes representantes de Sunavi y del Ministerio para Ecosocialismo, Hábitat y Vivienda en la entidad central del país, así como la Notaría Pública Tercera de Valencia y funcionarios del Servicio Autónomo de Registros y Notarías (Saren), además de miembros de grupos organizados de inquilinos.

 

En junio venció el lapso de 60 días hábiles que establecía la providencia 42 de la Superintendencia para que propietarios de edificios con más de 20 años en alquiler ofrecieran en venta los apartamentos a los arrendatarios que los habitan desde hace varios lustros.

 

Las multas que puede recibir el propietario que irrespete esta norma suman 2.000 unidades tributarias por cada vivienda, es decir, 254.000 bolívares. Si no paga, será considerado reincidente y se le doblará la cantidad. De persistir el incumplimiento, la Sunavi puede solicitar el embargo del inmueble.

 

La Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas, vigente desde noviembre de 2011, estableció en su quinta disposición transitoria que quienes residan alquilados en edificios con más de 20 años destinados a arrendamiento tendrán el derecho a adquirirla, con excepción de los pequeños arrendadores (que tienen uno o dos apartamentos arrendados).

 

El texto legal justificó esta medida en el hecho de que el monopolio sobre la vivienda en alquiler es contrario al espíritu del instrumento legal, por considerarse el arrendamiento de interés social, colectivo y con fines de utilidad pública.

 

Dicha Ley fue la primera presentada ante la Asamblea Nacional (AN) por iniciativa popular y fue discutida en el Parlamento con distintos sectores.

 

La Sunavi publicó en la Gaceta Oficial 40.382, de fecha 28 de marzo de 2014, la providencia con las normas para hacer efectiva esa venta, y precisó que debía realizarse en un lapso máximo de 60 días a partir de la entrada en vigencia de la normativa.

 

Asimismo, la Superintendencia determinará el valor justo del inmueble para la venta, de acuerdo con una metodología nacida a partir de la Ley.

 

Las asociaciones de inquilinos han señalado que el objetivo es erradicar el latifundio urbano, como denominan a las grandes cantidades de inmuebles pertenecientes a una sola persona o grupos económicos que se dedicaron a explotarlos durante décadas.

 

De acuerdo con la Red de Inquilinos, en Caracas hay alrededor de 5.000 edificios vetustos "a punto de colapsar", que no reciben mantenimiento de sus propietarios y que tales gastos son asumidos por las familias alquiladas. Sin embargo, no pueden acometer reparaciones estructurales onerosas, porque no obtienen apoyo crediticio debido a que son inmuebles alquilados.

 

 

 


 

Agencia Venezolana de Noticias

Página Web - 2014/10/20

Fuente: http://www.avn.info.ve/