1. El programa de exención del incremento de la renta para personas con discapacidad (DRIE) ofrece exenciones de futuros incrementos en la renta a arrendatarios elegibles. Usted debe tener 18 años o más, gastar más de un tercio de los ingresos mensuales de su hogar en la renta y tener ingresos que no excedan los $20,148 anuales.
2. Califican los inquilinos de departamentos regulados por la División de Vivienda y Renovación Comunitaria (DHCR), unidades de renta estabilizada o controlada y departamentos de propiedad del programa Mitchell-Lama, entre otros.
3. Al solicitar el beneficio es necesario presentar un comprobante de ingresos, prueba de discapacidad y recibo o contrato que especifique renta controlada o estabilizada. Usted puede dejar su solicitud en persona en el Centro de atención en John Street número 66, tercer piso, de lunes a viernes, de 8:30 a. m. a 4:30 p. m.
4. En un plazo de 45 días usted recibirá una carta en la que se le informará si su solicitud fue aprobada o rechazada. o si está incompleta y deberá adjuntar más documentos.
5. En la mayoría de los casos, el programa de beneficios de DRIE entrará en vigor el primer día del mes siguiente a la fecha en que se recibió la solicitud. Para más información usted puede llamar al 311.
La Opinión
Página Web - 2014/02/03
Fuente: http://www.laopinion.com