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¿Cómo puedo regularizar mi vivienda ilegal en Andalucía? (ESPAÑA)

La Junta da dos años a los municipios para identificar las construcciones levantadas en suelo no urbanizable

 

El Consejo de Gobierno de la Junta dio ayer luz verde al inicio de la tramitación del anteproyecto destinado a la modificación de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, para incorporar medidas urgentes en relación a las edificaciones de uso residencial construidas sobre parcelaciones urbanísticas en suelo no urbanizable. Un proceso en el que el papel principal lo interpretan los ayuntamientos.

 

El limbo jurídico

 

La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio aprobará en el plazo de unos cuatro meses la modificación de la LOUA, y los ayuntamientos dispondrán de hasta dos años para redactar el avance del planeamiento para identificar las casas ilegales y posteriormente aplicarles el régimen de Asimilado a Fuera de Ordenación. Las afectadas son unas 25.000 viviendas situadas en terrenos que han sido objeto de parcelaciones, y que no podían beneficiarse del decreto que la Junta aprobó en 2012, por lo que se encuentran en lo que se ha venido en llamar un limbo jurídico.

 

Cómo regularizar las casas

 

Según explicó ayer la consejera de Medio Ambiente, María Jesús Serrano, al término de la reunión del Consejo de Gobierno, los propietarios de viviendas construidas en parcelaciones en suelo no urbanizable deben acudir al Ayuntamiento de turno. Una vez que el organismo municipal cuente con el avance del planeamiento podrá entregar a los interesados el certificado de Asimilado a Fuera de Ordenación, lo que le permitirá contar con una serie de beneficios de los que en la actualidad carecen.

 

Servicios básicos

 

Los propietarios de las viviendas en parcelaciones y suelos no urbanizables, una vez regularizadas, podrán inscribirlas en los registros de la propiedad y acceder a los servicios básicos de luz y agua. No obstante, los titulares deberán adoptar medidas correctoras urgentes para eliminar los impactos paisajísticos o ambientales. Una vez regularizadas no se podrán realizar obras de ampliación.

 

Y si el Ayuntamiento no actúa...

 

Si superado el plazo de dos años algún Ayuntamiento no ha procedido a la identificación de las viviendas ilegales, será la Junta de Andalucía la que acometa este trabajo de forma subsidiaria. En opinión de la consejera, se espera que no se dé esta última circunstancia, dado que las corporaciones locales son las primeras interesadas en realizar el avance del planeamiento como paso previo a la regularización de las edificaciones.

 

Las excluidas

 

No podrán acogerse a la nueva normativa y son susceptibles de derribo las viviendas de menos de seis años de antigüedad, las que se encuentren afectadas por un proceso administrativo o judicial ni las levantadas en terrenos de especial protección, zonas inundables o parques naturales.

 

 

 


JOSÉ CEJUDO / ABC

Página Web – 2014/10/08

Fuente: http://sevilla.abc.es