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Tenga cuidado con los contratos verbales de arrendamiento (COLOMBIA)

Si el inquilino no paga, el propietario del inmueble tendrá que iniciar un proceso de restitución.

 

Fijar responsabilidades desde el principio. Esa es una de los primeros aspectos que se deben tener en cuenta a la hora de pactar los contratos de arriendo verbales.

 

Así lo explica Luz Ángela Rivera, abogada especialista en derecho comercial e inmobiliario, quien señala que cuando no se acata esta recomendación, el proceso suele convertirse en un dolor de cabeza para los arrendadores.

“Vale recordar que en este tipo de contratos basta que haya consenso entre las partes para otorgar el goce del inmueble y, en razón a que sus efectos son siempre puramente personales, no se requieren formalidades especiales”, anota la abogada.

En este sentido, el contrato de arrendamiento se puede celebrar de forma escrita o verbal; sin embargo, siempre se aconseja que sea por escrito porque facilita tomar las medidas pertinentes en caso de que alguna de las partes lo incumpla.

Según Rivera, “si arrendó verbalmente y su arrendatario no le paga, tendrá que recurrir al inicio del proceso de restitución, pero antes de demandar, el arrendador deberá realizar unas declaraciones en una notaría frente a dos testigos que declaren sobre la existencia del contrato; de esa forma, garantizará la efectividad del proceso”.

El arrendador del inmueble también tiene derecho a solicitar una audiencia de conciliación, aunque no es obligatorio. Es importante tener en cuenta que esta es considerada una opción alterna para la solución de conflictos, en la cual ninguna de las partes necesita representación de un profesional; aun así, si alguna de las partes no asiste a esta cita, o si no llegan a un acuerdo, se deberá iniciar un proceso de restitución, pero también se podrá hacer alternamente.

Intervención de un juez

Para el segundo caso, es necesario que la parte afectada se acerque a un juez y solicite un interrogatorio como prueba anticipada. Otra opción es ir a donde un notario para que escuche los testimonios, como se mencionó anteriormente.

Una vez el notario firme las declaraciones, harán las veces de contrato de arrendamiento escrito. Con este documento y la asesoría de un profesional se podrá promover la demanda judicial de restitución del inmueble arrendado”, resalta la abogada.

De igual forma, y según el criterio del profesional que asesore el proceso, se podrá recurrir a la inspección judicial del inmueble, la cual debe contener la declaración de quienes lo habitan. “Este tipo de casos suelen ser muy comunes y ocurren cuando se hacen contratos sin las suficientes garantías”, insiste Rivera.

 

Causales para solicitar el desalojo

Se le puede pedir al arrendatario que abandone el inmueble si:

-Incumple el pago de las cuotas de arriendo.

-No paga los servicios públicos.

-Decide subarrendar sin autorización o ceder el contrato sin el conocimiento del
dueño de la propiedad.

-Utiliza el inmueble para realizar actos delictivos.

-Hace cambios sin previa autorización del arrendador o destruye la propiedad.

 

 

 


Redacción Vivienda / El Tiempo

Página Web - 2018/05/11

Fuente: http://www.eltiempo.com/