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Aprueban Ley que simplifica trámite y otorga gratuidad para alzar prohibiciones de enajenación de viviendas financiadas con subsidio (CHILE)

Más de 50 mil familias se beneficiaran anualmente.

Transcurrido los 5 años de prohibición, a petición del propietario, podrán alzarse las prohibiciones de gravar, enajenar y celebrar actos y contratos por determinado periodo de tiempo, constituidas sobre viviendas financiadas a través del subsidio habitacional del Estado.

Proyecto, que fue aprobado por el Senado la semana pasada, será votado en sala de la Cámara de Diputados durante octubre.

La Comisión de Vivienda de la Cámara de Diputados aprobó hoy el proyecto de ley que simplifica y otorga gratuidad al levantamiento de las prohibiciones de gravar, enajenar y celebrar actos y contratos en viviendas financiadas con subsidios del Estado, trámite para el cual no deberá extenderse una escritura pública, ni hacerse otros trámites más que solicitar al Conservador de Bienes Raíces respectivo su alzamiento, logrando así que el procedimiento será más expedito y con menor costo para los interesados.

El Proyecto de Ley fue una moción de los Senadores Carlos Montes, Manuel José Ossandón, Víctor Pérez, Eugenio Tuma e Ignacio Walker y fue ingresada el 27 de julio recién pasado. Fue aprobado por el Senado la semana pasada y falta solo su aprobación en la Cámara de Diputados, que se espera para la primera semana de octubre próximo.

Beneficio para las personas

La Ministra de Vivienda y Urbanismo, Paulina Saball, sostuvo que “esta es una muy buena noticia para las familias que han adquirido una vivienda con subsidio del Estado a través de los Serviu, ya que esta moción aprobada por el Senado y hoy por la Comisión de Vivienda de la Cámara de Diputados, les va a permitir de forma muy sencilla que una vez cumplidos los cinco años se alce automáticamente esa prohibición”.

La secretaria de Estado agregó que “las familias ya no tendrán que incurrir en pagos notariales ni hacer trámites, sino simplemente concurrir al Conservador de Bienes Raíces una vez concluidos los cinco años y solicitar el certificado que acredita que esa vivienda está alzada”.

Con la aprobación de esta ley, el Conservador de Bienes Raíces, dejará constancia en el registro, una vez transcurridos los cinco años, del hecho de haber quedado sin efecto las prohibiciones anteriormente descritas.

Respecto de su aplicación, la titular del Minvu manifestó que “podrán acogerse a esta simplificación de trámite todas aquellas familias que han adquirido una vivienda con subsidios del Estado, sin incurrir en costo alguno”. Según estimaciones del Minvu, el proyecto podría beneficiar a alrededor de 50 mil familias anualmente.




Ministerio de Vivienda y Urbanismo
Página Web – 2015/09/09
Fuente: http://www.minvu.gob.cl