Dicta: Exonerar del pago del Impuesto al Valor Agregado, en los términos y condiciones previstos en este Decreto, las importaciones definitivas de los bienes muebles corporales, realizadas por los Órganos o Entes de la Administración Pública Nacional, destinados exclusivamente a la ejecución del «Proyecto de Construcción y Puesta en Marcha de la Empresa Mixta para la Producción de Insumos para la Construcción»