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Decreto Nº 2.264, mediante el cual se establece que la cartera decrédito bruta anual... se destinará un veinte por ciento (20%) ...

Artículo 1º. De la cartera de crédito bruta anual, que con caracter obligatorio deben colocar con recursos propios las instituciones del sector bancario, se destinará un veinte por ciento (20%) a la concesión de nuevos créditos hipotecarios para la construcción, adquisición y autoconstrucción, mejoras y ampliación de vivienda.

 

 

 


 

 

 

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